La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal resolverá el 28 de agosto, a las 9:00 de la mañana, si mantiene o revoca el permiso laboral concedido a Donni Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Fronteras condenado a 20 años de prisión por violar sexualmente a su hijastra de 14 años. La revisión se produce luego de que el Ministerio Público apelara la medida por considerarla improcedente, en un expediente que vuelve a poner bajo examen las decisiones adoptadas durante la ejecución de la pena.
Presidido por la jueza Zeida Noboa Pérez, el tribunal dejó el fallo en estado después de escuchar al Ministerio Público, a la defensa del imputado y a los abogados del Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic). El punto central de la discusión es la autorización emitida por el juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, José Manuel Arias, que permitió a Santana Cuevas salir del Centro de Corrección y Rehabilitación de Azua para trabajar bajo supervisión, aun cuando todavía le restaban 13 de los 20 años de condena.
La resolución estableció arresto domiciliario los fines de semana y feriados, reporte semanal de ubicación al tribunal, firma mensual de un libro de control, prohibición de referirse al caso en redes sociales y la obligación de no tener contacto con la víctima ni con su familia. Si alguna de esas condiciones se incumple, la revocación del permiso y una orden de arresto serían inmediatas. Lo que se decida en agosto definirá si ese esquema de control sigue vigente o si la corte corrige una medida que el Ministerio Público llevó a apelación.
