SANTO DOMINGO. El Poder Ejecutivo autorizó mediante el Decreto 671-26 al presidente del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) a disponer pagos totales o parciales de prestaciones laborales reconocidas a trabajadores cesantes de Falcondo y a procurar acuerdos para liquidar derechos de pensionados de la empresa, en una decisión que traslada al Estado dominicano la gestión del conflicto, pero sin reconocer un derecho directo de cobro a favor de los beneficiarios.
La disposición establece que esas prestaciones deberán estar individualizadas, verificadas y reconocidas antes de cualquier pago, y que los recursos saldrán del FONPER por cuenta y en representación del Estado dominicano. El mismo decreto faculta al presidente del FONPER a suscribir comprobantes de pago, recibos de descargo, actos de subrogación y otros documentos para ejecutar las operaciones, además de aceptar la subrogación expresa y simultánea de los derechos, acciones, accesorios y privilegios legalmente transmisibles vinculados con las acreencias satisfechas. El alcance de esa autorización queda limitado a las sumas efectivamente pagadas y abre la puerta a que el Estado, como acreedor subrogado, procure el reconocimiento, incorporación y recuperación de esas acreencias dentro del proceso de reestructuración de Falcondo o, si fuera necesario, en una liquidación judicial.
A la vez, el decreto precisa que la autorización no genera un derecho a exigir directamente pagos al Estado dominicano ni al FONPER, por lo que la ejecución final dependerá de las condiciones fijadas y de las disponibilidades correspondientes, un punto que deja abiertas las exigencias de vigilancia y rendición de cuentas sobre cuándo, cómo y hasta dónde se materializará el alivio anunciado.
