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Alertan que la nueva redacción del Código Penal podría penalizar denuncias y frenar la fiscalización ciudadana

junio 11, 2026 · Redactor
Alertan que la nueva redacción del Código Penal podría penalizar denuncias y frenar la fiscalización ciudadana
Foto: elnuevodiario.com.do

Servio Tulio Castaños Guzmán advirtió que el artículo sobre “difamación extorsiva” no incluye salvaguardas suficientes y puede afectar la libertad de expresión y el periodismo

SANTO DOMINGO.– La discusión en torno al nuevo Código Penal volvió a activar alertas institucionales después de que el vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, advirtiera que la redacción vigente del artículo 209, que tipifica la llamada “difamación extorsiva”, entraña riesgos constitucionales y podría usarse contra la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.

Al analizar la disposición, Castaños Guzmán sostuvo que, aunque la intención es responder al uso de medios de comunicación y plataformas digitales para ejercer chantaje o presión sobre terceros, la fórmula adoptada no incorpora los contrapesos necesarios para impedir abusos. Explicó que la figura penal procura sancionar la amenaza de divulgar informaciones que afecten la reputación de otra persona con el fin de obtener beneficios económicos o de cualquier otra naturaleza, pero advirtió que la norma omite elementos esenciales como la veracidad de la información y el interés público de los hechos divulgados.

“El legislador ha identificado correctamente el problema del chantaje mediático, pero la solución punitiva propuesta no establece salvaguardas suficientes para diferenciar una conducta extorsiva de una denuncia legítima o de una investigación periodística realizada en beneficio del interés público”, indicó. A su juicio, la ausencia de una cláusula que excluya responsabilidad penal cuando la divulgación persiga fines legítimos de denuncia abre espacio a interpretaciones amplias, con el riesgo de criminalizar tareas propias del periodismo y de la fiscalización ciudadana. También cuestionó la amplitud de la expresión “beneficio de cualquier naturaleza”, al considerar que puede ampliar ese margen de discrecionalidad.