SANTO DOMINGO. – La propuesta presentada por el senador Antonio Taveras Guzmán volvió a poner bajo examen disposiciones penales que, de acuerdo con la iniciativa, son ambiguas o desproporcionadas y podrían restringir el ejercicio de la libertad de opinión, crítica e información. El proyecto introduce cambios en varios artículos de la Ley 74-25 con el propósito de reforzar garantías constitucionales, proteger a los medios de comunicación frente a sanciones excesivas y adecuar los delitos contra el honor a criterios de legalidad y proporcionalidad.
Dentro de las modificaciones planteadas, el artículo 208 sobre difamación quedaría circunscrito a la imputación pública de hechos falsos que afecten el honor o la reputación de una persona. La iniciativa suprime la prisión para ese delito y la reemplaza por multas de tres a ocho salarios mínimos del sector público, además de reparación civil. En cuanto al artículo 209, que tipifica la llamada difamación extorsiva, la propuesta la convierte en una modalidad agravada y reduce la pena hoy prevista de cinco a diez años de prisión a una sanción de quince días a un año de prisión menor cuando se utilice para obtener beneficios indebidos o forzar a una persona a actuar, omitir o tolerar un acto en perjuicio de sus intereses.
La revisión también alcanza el artículo 210 sobre injuria, para limitar la intervención penal solo a conductas graves y dolosas, eliminando las penas de prisión y manteniendo multas de tres a ocho salarios mínimos del sector público y reparación civil. Con esto, la discusión se orienta hacia la necesidad de revisar normas que inciden en la relación entre poder, ciudadanía y medios, en un escenario donde el Congreso queda presionado a responder si conserva mecanismos punitivos cuestionados o corrige disposiciones con posible efecto inhibidor sobre la crítica pública.
